Poner blanco sobre negro
Exenciones impositivas
Sergio Massa expresó que las
exenciones impositivas para las empresas, representan el 4.9 % del PBI, mientras que la erogación del Estado para abonar los
planes sociales vigentes es del 1.8 %
del PBI, mientras los sueldos de Poder
Ejecutivo, Legislativo y Judicial, representan juntos el 0.8 % del PBI.
Como se observa, los empresarios, que se quejan de la
asistencia social a los argentinos más castigados por la desigualdad, son los más beneficiados por la asistencia del
Estado Nacional, que les quita la obligación de pagar impuestos.
Voy a comentar una anécdota
personal. En ocasión de ir a jugar un partido de fútbol, durante el viaje en el
año 2021, surge una charla con un compañero votante de Cambiemos y trabajador
en la Central Puerto de Retiro, me decía que la empresa destina su facturación
de la siguiente forma: tiene como ganancia un 20 % de su facturación, otro 20 %
se destina a pagos de sueldos, y el 60% restante se utiliza para la compra del
combustible que se utiliza para los generadores de electricidad. Hasta acá no
hay nada fuera de lo común, pero agrega que el gasto de combustible se lo
subsidia completamente el Estado, con lo cual cambia totalmente el ingreso de
la empresa, y lo más sorprendente fue que este señor no estaba de acuerdo con
las asistencias vertidas por el Ministerio de Desarrollo Social, pero si
justificaba el subsidio a la Central Puerto. Con los números vertidos por el
Ministro Massa, queda claro que mi sensación de que los subsidios a empresas y
exenciones impositivas son mucho mayores a las destinadas a la ayuda social, 4.9 % > 1.8 % del PBI.
Por lo expuesto, se desprende que
para buscar el equilibrio fiscal, será más apropiado terminar con los subsidios
y beneficios a las empresas y mantener la ayuda a los más necesitados, mientras
se incentivará a las empresas a tomar trabajadores con algún plan en pos de ir
reemplazando ese beneficio por un ingreso dado por la prestación de tareas
laborales.
Eliminación del pago de Impuesto a las Ganancias
En el mismo sentido, lo que acaba
de votarse en la cámara de Diputados respecto a la quita del pago de Ganancias
a los trabajadores de la cuarta categoría, es de alrededor del 0,3 % del PBI.
Por lo tanto esto se puede compensar con una morigeración de los beneficios y
exenciones a los grandes contribuyentes, mencionadas antes en esta misma nota.
Durante el debate en comisión, la
encargada de responder esa pregunta fue la Subsecretaria de Ingresos Públicos,
Claudia Balestrini, quien sugirió que podrían reformarse otros tributos y abrió
la puerta a volver a discutir el cobro de Ganancias al Poder Judicial.
El proyecto que Sergio Massa
envió al Congreso propone modificar el impuesto a las Ganancias creando un
"impuesto cedular" sobre los mayores ingresos en relación de
dependencia que solo pasarían a pagar quienes cobran por encima de 15 salarios
mínimos (hoy 1,7 millones de pesos). Hay, sin embargo, excepciones a este
beneficio: directores de sociedades anónimas, Ceos, gerentes, funcionarios
políticos y pensiones de privilegio quedarían excluidas. Según el cálculo que
elaboró Claudia Balestrini, la reforma tendría un impacto fiscal de 0,28 por
ciento del PBI y resaltó: "No tenemos que ver esto como una recaudación
perdida, al contrario, aquí habrá un reflujo que se originará por una mayor
recaudación del IVA por un aumento del consumo".
"Con esta propuesta solo
pagarán 90 mil contribuyentes, que representan 0,88 por ciento de los empleos
registrados en el país", celebró el titular de la AFIP, Carlos Castagneto,
quien reivindicó que el objetivo era tender hacia una "progresividad de
los impuestos". Castagneto también se refirió al impacto fiscal de la
reforma y resaltó que se vería compensada con el impuesto PAIS y con
"otras medidas que vamos a tomar con respecto a Ganancias que van a ser
presentadas en la próxima ley de Presupuesto". Sin brindar grandes
precisiones, el titular de AFIP adelantó que el Presupuesto 2024, que el
Ministerio de Economía enviará al Congreso este viernes (tal como lo establece
la ley), tendría una "separata" de gastos tributarios.
Cómo se obtienen los fondos
Ya el año pasado el Frente de
Todos había intentado incluir algunos artículos en la separata del Presupuesto
2023 que, en el recinto, terminaron siendo volteados. Uno de ellos había sido
la propuesta de Marcelo Casaretto (FDT) de que el Poder Judicial pasara a pagar
Ganancias. Rechazado por la Cámara de Diputados - con votos no solo de JxC,
sino de la izquierda y oficialistas de extracción sindical que se oponían a que
los empleados judiciales pagasen Ganancias -, el FDT se prepara para volver a
traer el debate a la mesa.
"El 0,28 del PBI va a ser recuperado no solamente por el impuesto
mínimo, también desconcierta que los inmuebles rurales en el exterior no estén
pagando ningún impuesto. Se va a recuperar ese 0,28 adicionando otros análisis
de otros gastos tributarios, por ejemplo, uno de ellos lo incorporamos en la
separata del año pasado cuando se puso en consideración a los
magistrados", deslizó Balestrini, durante el debate. Además de Ganancias
para el Poder Judicial - que sería solo para jueces y funcionarios con más
altos salarios en el caso que prosperase la reforma de Ganancias (ya que solo
pagarían quienes cobran más de 15 salarios mínimos) - el oficialismo analiza
incluir otros dos tributos: el impuesto mínimo a las sociedades y el de
inmuebles rurales de argentinos en el exterior.
Finalmente el 19 de septiembre de 2023, se obtuvo quorum para debatir
la ley que modifica sustancialmente el pago de Impuesto a las Ganancias por
parte de los trabajadores. Eliminando el pago a los trabajadores de la cuarta
categoría.
La mayoría de los diputados de la oposición, quedó al descubierto al
votar en contra de los trabajadores que pagan impuesto a las ganancias, siendo
además una de las tantas falsas promesas de campaña de Juntos por el Cambio, “en
mi gobierno los trabajadores no pagarán impuesto a las ganancias”. Pero ayer
votaron contra los trabajadores, resta esperar la coherencia de la clase
trabajadora se manifieste, ya que esta gestión de gobierno redujo la tasa de
desocupación a 6.2 % y ahora les sacó el pago de ganancias y lo hace por ley,
por ende no es una medida momentánea o electoral, sino que representa una
medida gubernamental de un probable gobierno del actual Ministro de Economía.
Con esta modificación, los
trabajadores con ingresos superiores a aproximadamente $ 700.000, obtienen este
beneficio y los de ingresos menores a $ 700.000 se beneficiarán con el
reintegro del IVA en los productos de la canasta básica, que desarrollamos a
continuación.
Compre sin I.V.A.
El nuevo programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
para la canasta básica “Compre sin IVA” entró en vigencia este lunes, por lo
que ya es posible realizar compras con la devolución de un 21% del impuesto. El
programa se aplicará sobre las compras de alimentos y bebidas con una
devolución de hasta $ 18.800 mensuales.
En paralelo, el ministro de
Economía, Sergio Massa, envió un proyecto al Congreso en el que estipula que el
tope sería de 23.000 pesos. La iniciativa se extenderá hasta el próximo 31 de
diciembre, aunque el Poder Ejecutivo elevará un proyecto de ley para reducir de
forma permanente la carga tributaria que recae sobre los bienes de la canasta
básica.
La medida abarcará a trabajadores en relación de dependencia con
ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, y quienes perciban
jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas
nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.
El tope de ingresos para acceder al beneficio será entonces
de $ 708.000 para los trabajadores y de $
524.758,56 para los jubilados.
También podrán acceder a la devolución del IVA el personal de
casas particulares encuadradas en el régimen especial de la
actividad, monotributistas de todas las categorías y
beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas
emitidas del Programa Potenciar Trabajo.
Quedan exceptuados los
contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y
cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda
única, y los trabajadores autónomos. Para acceder al beneficio -que devolverá
el 21% del IVA de estos productos- se deberá abonar con tarjeta de
débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos
con débito con códigos QR.
El reintegro se hará en la cuenta bancaria asociada a la tarjeta de
débito utilizada, y se verá reflejado en dicha cuenta, dentro de las 48 horas
posteriores a la compra, como máximo, en el detalle del reintegro dirá: “Reintegro programa Compre sin IVA”.
En caso de que el beneficiario posea más de una tarjeta de débito, se
debe elegir una para recibir la devolución del 21 % de IVA. Se podrá acceder al
beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de
actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados,
mini mercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías,
verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios
especializados.
FUENTES:
Página 12
https://www.pagina12.com.ar/588219-diputados-avanza-la-reforma-del-impuesto-a-las-ganancias-que
El Destape Web